Sucesos

El TSJ tumba la absolución por violación en Soria y ordena repetir el juicio: ¿Justicia a la vista?

El TSJ tumba la absolución por violación en Soria y ordena repetir el juicio: ¿Justicia a la vista?
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ha anulado una sentencia absolutoria por agresión sexual dictada por la Audiencia Provincial de Soria, obligando a la repetición del juicio tras la apelación de la acusación particular y el Ministerio Fiscal. Para garantizar la imparcialidad, la nueva vista oral deberá celebrarse con magistrados diferentes a los del primer juicio. El TSJ justifica su decisión argumentando que los miembros de la Administración de Justicia tienen la obligación jurídica de incorporar la perspectiva de género en sus juicios. Subraya que la falta de amenazas referidas por la denunciante y la ausencia de lesiones constatadas en el informe médico «no excluye que los hechos fueran no consentidos», y que el actual marco normativo sitúa en el centro la ausencia de consentimiento. Los hechos que la Audiencia Provincial consideró probados en la sentencia anulada recogían que la víctima, otra mujer y dos hombres fueron de madrugada al domicilio de uno de ellos. La víctima y el acusado, a quien conoció esa noche, mantuvieron relaciones sexuales en un dormitorio. El fallo original indicaba que no se probó que fueran sin consentimiento y que la exploración forense no halló lesiones traumáticas. La víctima, con antecedentes de ansiedad, sufrió después un trastorno de estrés postraumático, aunque el fallo anulado indicaba que no se podía asegurar que estos síntomas tuvieran origen en los hechos. El acusado estuvo un año en prisión provisional. El TSJ rechaza contradicciones en la declaración de la víctima y valora los mensajes de Whatsapp a la otra mujer, donde manifestó haber cedido porque «ya no podía más», haber pedido que parara «14 veces con un ataque de ansiedad». También menciona mensajes a un testigo para que la recogiera y las testificales de la Policía. La Fiscalía señaló que la sentencia absolutoria «pone de relieve la omisión de circunstancias personales y conductuales relevantes, como la edad de la víctima, la diferencia de madurez y antecedentes del acusado».